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NUEVOS FUNCIONARIOS EN EL AYUNTAMIENTO, EL PERSONAL DE LIMPIEZA.

El pasado 19/12/2022 desde Alcaldía se inició un procedimiento para que los puestos que ocupaban las personas que trabajaban de forma temporal en la bolsa de empleo del servicio municipal de limpieza pasaran a ser puestos de funcionarios. Seguramente aún os acordéis de las reclamaciones que se hicieron en los Plenos para que el Alcalde abriera la bolsa de empleo a más personas, sin resultado en aquel entonces.

La Asociación Vecinal dio voz a esta iniciativa para hacerla participativa, ¿te acuerdas verdad?

CON TUS IMPUESTOS SE SUFRAGA EL SERVICIO DE LIMPIEZA MUNICIPAL.

Pues recientemente, por fin, el asunto está avanzando y el Ayuntamiento acaba de publicar en el tablón de anuncios el Acta correspondiente al tribunal calificador, que actualmente se encuentra en periodo de alegaciones.

ACTA TRIBUNAL CALIFICADOR PUESTOS DE LIMPIEZA MUNICIPAL

Además, todo este procedimiento se basa en la siguiente norma que te adjuntamos para consulta.

LEY 20/2021. 

Que expresa cuestiones como las siguientes:

«…Son funcionarios interinos los que, por razones expresamente justificadas de necesidad y urgencia, son nombrados como tales con carácter temporal para el desempeño de funciones propias de funcionarios de carrera…»

«…Los procedimientos de selección del personal funcionario interino serán públicos, rigiéndose en todo caso por los principios de igualdad, mérito, capacidad, publicidad y celeridad, y tendrán por finalidad la cobertura inmediata del puesto..

«…transcurridos tres años desde el nombramiento del personal funcionario interino se producirá el fin de la relación de interinidad, y la vacante solo podrá ser ocupada por personal funcionario de carrera, salvo que el correspondiente proceso selectivo quede desierto, en cuyo caso se podrá efectuar otro nombramiento de personal funcionario interino…»

«…Al personal funcionario interino le será aplicable el régimen general del personal funcionario de carrera en cuanto sea adecuado a la naturaleza de su condición temporal y al carácter extraordinario y urgente de su nombramiento, salvo aquellos derechos inherentes a la condición de funcionario de carrera…»

¡SUERTE Y BUEN SERVICIO PARA LOS NUEVOS SERVIDORES PÚBLICOS!


«…Aquello era también un símbolo del mundo; las cosas grandes, las ideas puras y bellas, andaban confundidas con la prosa y la falsedad y la maldad, y no había modo de separarlas…»

LEOPOLDO ALAS CLARÍN (1852-1901).