Recientemente se ha podido observar la prioridad que ha mostrado el poder municipal en lo que concierne con la contratación del servicio de limpieza, como puesto de trabajo fijo. Dentro de los pasos dados se ha observado que al menos en dos ocasiones puntuales el alcalde ha delegado en la teniente alcaldesa actuaciones relativas con el procedimiento en curso para la contratación de dicho servicio:
- El 30 de noviembre de 2022 el señor alcalde de Monasterio de Rodilla, procedió a abstenerse y delegar funciones en la primera teniente de alcalde, doña María Asunción Gutiérrez Martínez, en relación con el expediente referente a la contratación en calidad de limpiadora, en virtud de bolsa de empleo previamente constituida de doña Isabel Hernando Martín.
BOPBUR, primera delegación alcalde en tte-alcaldesa.
- El 02 de marzo de 2023 el señor alcalde de Monasterio de Rodilla, procedió a abstenerse y delegar funciones en la primera teniente de alcalde, doña María Asunción Gutiérrez Martínez, en lo relativo a los actos concernientes de la admisión provisional de personas aspirantes, resoluciones que pudiera conllevar lo preceptuado en el artículo 68 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, admisión definitiva de aspirantes, así como sucesivas actuaciones y resoluciones en procedimiento relativo a estabilización de empleo temporal de dos plazas de limpiadora para la contratación como personal laboral fijo discontinuo del Ayuntamiento de Monasterio de Rodilla, aprobada por Decreto de Alcaldía de 19/12/2022 y publicada en el Boletín Oficial de la Provincia el 23/12/2022.
BOPBUR, segunda delegación alcalde en tte-alcaldesa.
- El 30 de marzo de 2023 se publica la relación de aspirantes al puesto de limpieza del Ayuntamiento.
BOPBUR, anuncio relación de aspirantes.
—————
De momento se desconoce si para el futuro funcionamiento de dicho servicio tendría que ser necesario alguna delegación más. Como podría ser el caso de que el futuro jefe del mismo (NI ESTÁ, NI SE LE ESPERA) y sus subordinados mantuvieran algún tipo de relación de parentesco. Si se diera alguna situación de incompatibilidad en este sentido, es de esperar que el poder municipal siguiera realizando las delegaciones correspondientes, nombrando un edil que se hiciera responsable del servicio de limpieza en condiciones ajustadas a las normas.
De esta forma, este concejal delegado sería el responsable de atender, frente a los vecinos, las quejas que pudieran surgir en caso de que el servicio de limpieza fuera defectuoso. De hecho, esto ya aconteció pasada la última festividad de San Isidro, tras la cual nos hicisteis llegar quejas por la suciedad de los bancos en la Ermita.
Motivado en estas quejas que llegaron a la Asociación Vecinal se expuso al Ayuntamiento el 25 de mayo de 2022, que el pasado San Isidro se celebró la procesión a la Ermita de Nuestra Señora del Valle, como es tradición todos los años. Que surgieron quejas por parte de los asistentes pues al salir de la Ermita se dieron cuenta que se les había manchado la ropa al no encontrarse los bancos limpios. Que las mismas quejas de falta de limpieza se llevaban sucediendo desde hace años en el pueblo e incluso fueron abordadas en un Pleno con preguntas directas al alcalde, sin que se hubieran observado avances significativos. Que según se desprende del anejo del personal que ha aprobado el Ayuntamiento desde hace años, este posee dos personas contratadas para hacer la limpieza en el municipio. Que una de estas personas mantiene relación de parentesco con el alcalde y la otra no y que desde hace muchos años están contratadas de forma alterna sin que el alcalde haya abierto la bolsa de empleo, tal y como se comprometió cuando la conformó. Que al igual que sucedió cuando la familiar del alcalde también era Juez de Paz en el municipio, a la par que trabajadora de limpieza, se tiene duda de la imparcialidad que pueda estar ejerciendo este sobre los trabajadores relacionados con el Ayuntamiento, por la existencia de relación directa de parentesco.
Por ello se solicitó al Ayuntamiento lo siguiente:
- Que se tramite esta solicitud como queja contra el funcionamiento del servicio de limpieza.
- Que se garantice y se explique cómo se va a hacer un análisis imparcial de esta queja, al ser el alcalde cónyuge a la par que jefe de una de las trabajadoras municipales del servicio contra el que se presenta la queja.
Al no obtener respuesta del Consistorio tuvo que intervenir una vez más el Procurador del Común, al que ni siquiera se han dignado en contestar. Como consecuencia de esa falta de colaboración, se ha informado que se va a incluir a nuestro Ayuntamiento una vez más en el Registro de Administraciones y Entidades no colaboradoras con el Procurador del Común y, en su momento, de persistir en su negativa de informar, se hará constar la falta de colaboración en el Informe Anual a las Cortes de Castilla y León.
Según se desprende de la página web de la Institución Regional, parece que esta vez existe un apercibimiento de posible responsabilidad penal.
El pueblo NO calla, pero el Ayuntamiento otorga…
¡QUÉ PENA MONASTERIO!
“Verdad es lo que he dicho. Mas porque no resbalen por ella ministros desbocados, que no saben parar, ni reparar en lo justo, o consejeros que deslizan por arbitrios, que son de casta de yelo, cristal mentiroso, quietud fingida, engañosa firmeza, donde se pueden poner los pies, mas no tenerse, es forçoso fortalecer de justicia estas acciones tan severa, è indispensablemente, que los tributos los ponga la precisa necesidad que los pide, que la prudencia Cristiana los reparta respectivamente con igualdad, y que los cobre enteros la propia causa, que los ocasiona. Porque poner los tributos para que los paguen los vasallos, y los embolsen los que los cobran, ò gastarlos en cosas para que no se pidieron, mas tiene de engaño que de cobrança, y de invención, que de imposición”.
FRANCISCO DE QUEVEDO (1580-1645).